Normas

Andalucía “dice no” a los chiringuitos desmontables

La nueva norma perjudica el sector de sol y playa y la economía de la región

La reacción de la Federación de Empresarios de Playas no ha tardado en llegar, frente a la nueva normativa introducida por el Real Decreto 668/2022 que obliga a que los chiringuitos sean desmontables. Los empresarios rechazan totalmente esta normativa ya que provocaría graves problemas al turismo de sol y playa, elemento esencial en la economía de Andalucía, generador de más de 40.000 empleos.

La nueva normativa afectará sobre todo las nuevas instalaciones y no las ya existentes con título concesional en vigor, que se regirán por las prescripciones contenidas en los títulos concesionales ya otorgados. Además, la norma sigue haciendo diferencia entre tramo urbano y natural de la playa.

En los tramos urbanos de playas, la reforma aprobada ni excluye ni prohíbe expresamente que las instalaciones sean fijas. Tendrán una ocupación máxima, salvo casos excepcionales, de 200 metros cuadrados en una sola planta y sin sótano, de los cuales 150 metros cuadrados podrán ser de edificación cerrada y el resto terraza cerrada mediante elementos desmontables que garanticen la permeabilidad de vistas. A esta superficie se podrá añadir otros 70 metros cuadrados de ocupación abierta y desmontable más una zona de aseo, que no podrá superar los 30 metros cuadrados, siempre que ésta sea de uso público y gratuito. La distancia entre los chiringuitos tendrá que ser de 150 metros.

En los tramos naturales, se sigue manteniendo la obligación de que las instalaciones sean desmontables en todos sus elementos y de temporada. No excederán de 70 metros cuadrados en una sola planta y sin sótano, de los cuales 20 metros como máximos, podrán destinarse a instalación cerrada. La distancia entre estos establecimientos no podrá ser inferior a 300 metros.

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